GRADO ACADÉMICO: LICENCIADO(A) EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
TÍTULO PROFESIONAL: ADMINISTRADOR(A) PÚBLICO
Este programa tiene como propósito formar profesionales capaces de aplicar las metodologías de las ciencias y tecnologías propias de la función pública, considerando la administración, ciencia política, derecho, economía, finanzas, entre otras. Por tanto, se busca desarrollar en el profesional competencias necesarias para desempeñarse en una organización del sector público en las funciones de planificación, organización, dirección y control, y demostrando conocimientos, habilidades y actitudes orientadas por la aplicación de normas y preceptos éticos.
El egresado de la carrera de Administración Pública es un profesional capaz de aplicar las metodologías de las ciencias y tecnologías propias de la función pública, considerando la administración, ciencias políticas, derecho, economía, finanzas, entre otras. Por tanto, se busca desarrollar en el profesional las competencias necesarias para desempeñarse en una organización del sector público en las funciones de planificación, organización, dirección y control, y demostrando conocimientos, habilidades y actitudes orientadas por la aplicación de normas y preceptos éticos.
Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades
Podrán postular personas tituladas, licenciadas, egresadas de carreras Profesionales; tituladas de carreras Técnicas de Nivel Superior; y aquellas con carreras Profesionales inconclusas con un mínimo de 1600 horas académicas (pedagógicas) cursadas y aprobadas, con una antigüedad no mayor a 5 años desde la interrupción de sus estudios.
Excepcionalmente, la antigüedad desde la interrupción de sus estudios podrá extenderse hasta 10 años como máximo, sujeto a evaluación de experiencia laboral certificada en área afín con la formación profesional previa y carrera a la cual postula.
Según perfil de ingreso, se solicitará para postular que los/as interesados/as cuenten con una carrera afín al programa.
Los certificados y documentos presentados por el postulante deberán contar con código de verificación o legalizados ante notario vigente. En caso de que la Institución de Educación Superior ya no exista, el certificado deberá ser emitido por el Ministerio de Educación.